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miércoles, 8 de diciembre de 2010

No sabía que conocía a tanto sedicioso


El Código Penal de España, establece que:

Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.
Artículo 544
 
O sea que si se impide a un funcionario público el légítimo ejercicio de sus funciones por la fuerza o fuera de las vías legales se es un sedicioso.

Me pregunto  ¿Todos los piquetes "informativos" en una huelga son unos sediciosos?

Y mi gran duda: Si te obligan a pasar una consulta cada 5 minutos, ¿es delito de sedición?

1 comentario:

  1. Según el diccionario de la Real Academia sedición, en sentido figurado, es la sublevación de las pasiones, o sea que si te lo imponen apasionadamente sí es sedición, ahora, si lo hacen con desgana ya no se que decirte.
    Mafalda

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