lunes, 12 de marzo de 2012

Errores médicos



Al señor Gorka Maneiro, de UPyD, le preocupa mucho lo que se ha gastado en Osakidetza en relación a las indemnizaciones que ha tenido que abonar como consecuencia de los errores médicos que se han producido en la actividad de esta organización y por eso ha planteado esta cuestión como pregunta parlamentaria.

A los periodistas también les interesa mucho el tema y disfrutan con el incesante goteo de noticias de que Osakidetza ha sido condenada a pagar a un paciente por esto o por aquello. Para no tener que ir muy lejos, esta misma.de hace un par de días.



La pregunta que subyace es ¿cuál es el verdadero motivo de este interés?  ¿Es tener datos reales del contexto global de la situación o es tener información para sacar tajada?

Al señor Maneiro le han contestado:

El año 2009 se cerró con 2,4 millones repartidos en 43 pacientes, el 2010, 2,6 millones para 39 pacientes y en el 2011, 3,6 millones para 58 pacientes

En este periodo se han producido 222 reclamaciones resueltas a favor de los pacientes, lo que supone tan solo el 15% del total de las demandas y las cantidades abonadas ni siquiera llegan al 10% de las demandadas. Todo esto en un contexto de 30 millones de actos médicos realizados en ese periodo.

Y ahora ¿ qué piensa hacer con la respuesta?

Supongo que ver si con esos datos puede meter el dedo en algún resquicio.

¿Y los periodistas? Aceptando, !como no lo vamos a aceptar!, que se producen errores en nuestra actividad, que dista mucho de ser una actividad matemática pura ni una cadena de montaje, tenemos 222 errores resueltos a favor de los pacientes en el contesto de 30 millones de actos médicos realizados. Si las mates no me fallan me salen un 0.00074% de errores en relación a la actividad. Pero claro, este dato no da de comer. En cambio 222 noticias desgranadas  una a una, con titulares llamativos y aderezados con un poquito de sensacionalismo le resuelve la vida a un gacetillero del ramo. Normal, que los tiempos no están para bromas y el hambre da muchas cornadas.

Sobre los montantes económicos de las indemnizaciones no se puede hacer cálculos al respecto. Conceptos como el lucro cesante puede hacer que un mismo error pueda costar X o 10X en función del paciente. Un ejemplo real:  A consecuencia de una intervención un paciente queda tetrapléjico. El importe de la indemnización no es lo mismo si se trata de una persona de 65 años jubilada y de clase media que un paciente joven de 45, con tres hijos pequeños y alto directivo de una empresa. En la actividad privada ya se están planteando pólizas de responsabilidad civil en función de la persona a tratar o a operar. El riego ante un problema si me operan a mí que soy un nindungui es diferente que si le operan a la hija de Amancio Ortega, el de Zara

Hace unos días, en el Colegio de Médicos se realizó un encuentro entre profesionales y jueces para intercambiar impresiones sobre estos temas. La nota de prensa se difundió a los medios y salvo un periódico de la casa, a los demás les pareció una chorrada. Ellos prefieren sus 222 dosis de carnaza que analizar el tema en su contexto global y complejo.

Las Conclusiones principales de la jornada fueron:

PRIMERA.- La Responsabilidad profesional del médico surge por

-. Una mala praxis en la cual queda incluida la falta o deficiente información, que supone un vicio o inexistencia de consentimiento informado.
-. Impericia.

SEGUNDA.- La información al paciente forma parte del acto médico, de la praxis médica y, por lo tanto, requiere su constancia en la historia clínica a través del consentimiento informado. La regulación específica se encuentra en la Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente y la falta de información, en términos generales, lleva aparejada la condena.

TERCERA.- Cuantificación del daño. Como regla de general aplicación por los juzgados, se utilizan los criterios del baremo establecido para los casos de responsabilidad originada en la conducción de vehículos a motor. El daño moral y el lucro cesante son aspectos de la indemnización que están sujetos a incertidumbre. En todo caso, el daño  debe ser cierto y por lo tanto sujeto a prueba.

CUARTA.- Los protocolos médicos no son obligatorios, pero si no se cumplen corresponde al médico la carga de probar la bondad del tratamiento aplicado.

QUINTA.- El médico reclama una seguridad jurídica tanto desde el punto de vista de la praxis médica, como desde la perspectiva de la condena. Esta inseguridad afecta y se extiende a la cobertura del seguro, principalmente a la suma asegurada, y puede ser resuelta mediante la oportuna actividad legislativa que garantice la indemnización, sin involucrar el patrimonio del Médico.

SEXTA.- Actualmente contamos con los médicos mejor preparados. Sin embargo, las reclamaciones han aumentado, teniendo esto que ver más con la evolución de la cultura social, que con la profesionalidad de los médicos. La realidad en cuanto al número de reclamaciones contra médicos, es muy distinta de la que los medios de comunicación trasladan: son muy pocas las reclamaciones contra médicos  en comparación con otras profesiones y son muchísimas menos aun las que prosperan.


En resumen, una buena información, un buen registro y seguir los protocolos minimizan el riesgo, por no decir que lo eliminan, en el ámbito penal y en el civil también aunque en este terreno siguen flotando ciertas incertidumbre, como el daño moral o el lucro cesante, difíciles de controlar por el profesional.

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