No seré yo quien juzgue a nadie pero, en consecuencia con la filosofía de este blog, propongo que todos los profesionales sanitarios reflexionemos sobre los límites del secreto profesional, sobre los límites de sus contenidos, sobre los límites sobre el tiempo que cubre el secreto, sobre la responsabilidad ante los medios de comunicación.
Por otro lado quiero plantear otra deriva del mismo tema. Como profesionales, si somos citados por el juez como testigos, tenemos la obligación de responder a sus preguntas con la verdad. Es uno de las exenciones del secreto profesional. Pero una vez realizadas estas declaraciones y si forman parte de un sumario, ¿pueden esas declaraciones difundirse a diestro y siniestro? ¿Desaparecen los derechos del paciente en relación a su intimidad en una consulta?
Actualización: http://goo.gl/PGM0lM
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¡¡Muy fuerte!!
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