viernes, 21 de septiembre de 2012

La confidencialidad. ¿Un valor a la baja?




El Código de Deontología Médica dice

Artículo 19
  • 2.‐ La historia clínica se redacta y conserva para la asistencia del paciente. Es conforme a la Deontología Médica el uso del contenido de la historia clínica para su análisis científico, estadístico y con fines docentes y de investigación, siempre que se respete rigurosamente la confidencialidad de los pacientes y las restantes disposiciones de este Código que le puedan afectar.
  • 9.‐ La historia clínica electrónica sólo es conforme a la ética cuando asegura la confidencialidad de la misma

Artículo 26
  • 6.‐ Las reglas de confidencialidad, seguridad y secreto se aplicarán a la telemedicina en la forma establecida en este Código.

Artículo 27
  • 2.‐ El secreto comporta para el médico la obligación de mantener la reserva y la confidencialidad de todo aquello que el paciente le haya revelado y confiado, lo que haya visto y deducido como consecuencia de su trabajo y tenga relación con la salud y la intimidad del paciente, incluyendo el contenido de la historia clínica.
  • 7.‐ El médico preservará en su ámbito social, laboral y familiar, la confidencialidad de los pacientes.  

Artículo 28
  • 1.‐ El director médico de un centro o servicio sanitario velará por el establecimiento de los controles necesarios para que no se vulnere la intimidad y la confidencialidad de los pacientes ni la documentación referida a ellos.  

Artículo 29
  • 2.‐ En el ejercicio de la medicina en equipo, cada médico tiene el deber y responsabilidad de preservar la confidencialidad del total de los datos conocidos del paciente. 

Artículo 30
  • 1.- g. Aunque el paciente lo autorice, el médico procurara siempre mantener el secreto por la importancia que tiene la confianza de la sociedad en la confidencialidad profesional.




2.825 accesos a la Hª Clínica realizados por 417 usuarios distintos que corresponden a 55 servicios diferentes de distintos hospitales y centros de salud cuando la paciente sólo estuvo en un hospital y en cuatro servicios.

Todos nos conocemos el Código Deontológico pero que poco lo aplicamos. Lo que me sorprende es que los accesos indebidos no se hayan individualizado y exigido una explicación y una responsabilidad a aquellas personas que han accedido por razones no justificadas a una historia clínica ajena.

¿Cuales son las razones de esta invasión en la intimidad de una persona? ¿La curiosidad? ¿El morbo.?¿Tan simple puede ser el planteamiento?

Pero parece que el tema de la confidencialidad está perdiendo valor. Se toman medidas, que aunque conlleven buenas intenciones, dejan al albur de muchas personas informaciones personales de salud sin el consentimiento expreso de los afectados. Y para muestra un botón

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